En términos prácticos, es la persona facultada para firmar contratos, comprometer recursos y representar a la empresa ante autoridades municipales, estatales y federales. En el lenguaje de la contratación pública, se trata de una razón social “todo terreno”, capaz de adaptarse a distintos rubros sin necesidad de modificar estatutos. Porque en el ecosistema de la contratación pública, la diligencia debida no se limita a verificar que una empresa exista en papel. También implica revisar el historial fiscal y administrativo de quienes la controlan o representan, especialmente cuando se trata de adjudicaciones directas reiteradas. La propia autoridad fiscal establece mecanismos de aclaración para los casos de CSD sin efectos, y sólo un procedimiento concluido puede derivar en responsabilidades.