Para evitar el robo de combustible en materia de comercio exterior, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pedirá a las empresas incorporar en las facturas electrónicas un complemento para comprobar el traslado legal de la mercancía. Se trata del complemento conocido como “carta porte”, que se incorporará a partir de junio próximo al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo traslado o “T” para poder acreditar la posesión de las mercancías. En una resolución Miscelánea Fiscal, el SAT estableció que los propietarios de mercancías nacionales tendrán 120 días naturales para no optar por la incorporación del complemento al expedir la factura electrónica; de lo contrario, será obligatorio. A través de este documento, se debe brindar información sobre la procedencia y destino de la mercancía que se mueve por distintos medios de transporte. La “carta porte” es un comprobante con validez internacional para avalar la propiedad del contenido transportado, y para fines hacendarios es necesario contar adicionalmente con un CFDI de traslado.
Source: EL Informador May 11, 2021 21:33 UTC