Cabe recordar que se mantienen las sanciones económicas registradas por dispositivos tecnológicos portátiles hand held, a cargo de los agentes de tránsito. A partir de la sexta falta, el conductor deberá acreditar todos los cursos anteriores y dos horas de trabajo comunitario. La séptima falta equivale a cumplir los cursos y cuatro horas de trabajo comunitario. En la novena falta se deben de cumplir los cursos y ocho horas de trabajo comunitario. Con la décima falta se deben de cumplir los cursos y 10 horas de trabajo comunitario.
Source: EL Informador April 22, 2019 20:26 UTC