San Cristóbal de Las Casas, Chis. Precisó que “no es un asunto meramente jurídico porque después de su suscripción fueron formalmente incluidos los pueblos indígenas en el artículo 4 de la Constitución de 1992, por lo que los derechos indígenas ya eran obligatorios, pero el pretexto era que los instrumentos internacionales de derechos humanos estaban por debajo de la Constitución”. Luis Manuel Martínez Vera, catedrático e investigador de la Unach dijo que los acuerdos de San Andrés “marcan un punto de inflexión y tienen relevancia histórica y política, son un intento formal de establecer un pacto entre el Estado y los pueblos indígenas”, pero “falta voluntad política y económica” para su aplicación. Lo trascendental en este momento, remarcó, “es cómo hacerlos eficaces, cómo pasar del reconocimiento a la instrumentación a través de las leyes y organismos que están ahí instruidos para tal propósito”. En el encuentro participaron también la maestra, Adriana Sarahí Jiménez López y el abogado, Gabriel Méndez López.
Source: La Jornada February 21, 2026 22:40 UTC