Se trata de un fenómeno complejo, rodeado de muchos juicios de valor, en el que el tribunal constitucional debe ser cuidadoso de no adoptar una posición ideológica, sino sustentada únicamente en los principios constitucionales aplicables. Por lo que respecta a las gestantes, sus derechos tampoco deben ser analizados desde una perspectiva idealista, acotados al reconocimiento de su indiscutible derecho al libre desarrollo de la personalidad y autonomía reproductiva. Una clara identificación de los derechos constitucionales en juego, con especial énfasis en los de los más vulnerables, es clave para la regulación de la gestación subrogada, así como para resolver los conflictos que se susciten en torno a la misma. La sentencia de la Corte no tuvo la contundencia que hubiera sido necesaria para destacar esta otra cara de la moneda. En su desarrollo se asoma por momentos una visión cargada hacia los derechos reproductivos, que desde mi punto de vista resulta problemática.
Source: Milenio June 08, 2021 09:24 UTC