El pasado jueves 14 de marzo, el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos declaró la constitucionalidad de la Guardia Nacional. En lo que se refiere a la naturaleza de la Guardia Nacional, destacan los siguientes aspectos. Contrario a lo que algunos aseguran, en la Guardia Nacional no se establece un mando mixto (cívico-militar). Se hace explícita la coordinación y colaboración de la Guardia Nacional con entidades federativas y municipios (Transitorio Cuarto, Fracción II). La primera, mediante la expedición de la Ley de la Guardia Nacional (Transitorio Primero).
Source: La Crónica de Hoy March 17, 2019 07:07 UTC