Luis Francisco Paz de Miranda & Amado Abogados, explicó, por ejemplo, quiénes son los herederos legales. “Estas personas son aquellas que no habiendo un testamento, la ley entra a tallar y los designa como herederos”. En orden de sucesión, los primeros son los hijos, y si no hay, pero sí nietos, ellos los reemplazan. Los segundos son los padres y demás ascendentes, seguido por el cónyuge o el conviviente con unión de hecho. Estos beneficiarios son los hijos, padres y cónyuge o conviviente con unión de hecho.
Source: Peru21 February 28, 2026 14:20 UTC