El artículo 38° de la Constitución de 1993, tal como hacía el artículo 73° de la de 1979, dispone que “Todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y de proteger los intereses nacionales, así como de respetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación”. Era evidente que para M. Vizcarra más valía el compartir protagonismo y responsabilidades aún por saldar, con motivo del Moqueguazo el 2008, con resultados lamentables en vidas, heridos, daños a la propiedad pública y privada y violación a los derechos fundamentales de muchas personas. Sin duda no terminaría allí tanto descaro y vemos que el exceso faltaba superarse con la reciente designación del mencionado al cargo de embajador peruano ante la OEA, materializado hace unos días, mediante Resolución Suprema 088-2020-RE. La designación, además del gasto de recursos públicos, deshonra el cargo presidencial así como pone en riesgo el respeto del país ante la comunidad internacional. ¡Lamentable!
Source: Expreso September 01, 2020 06:45 UTC