En este sentido, aclaró que, según la Ley orgánica del JNE N°26486, es inaplicable la solicitud de renuncia al cargo del titular de la institución, o de cualquier otro magistrado del Pleno. Según el artículo 16: “El cargo de miembro del Pleno del JNE es irrenunciable durante los procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares”. “Intentar generar zozobra con información sin fundamento legal constituye un grave atentado contra la democracia”, agregó. Para más información, adquiere nuestra versión impresa o suscríbete a nuestra versión digital AQUÍ. Puedes encontrar más contenido como este siguiéndonos en nuestras redes sociales de Facebook, Twitter e Instagram.
Source: Expreso May 21, 2021 21:51 UTC