En 1997, México pasó de un modelo de beneficio definido, establecido en 1973, a uno de capitalización individual en el que cada persona se hace cargo de su jubilación al depositar sus ahorros en una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore). La reciente sentencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) va dirigida a este grupo. Por ello, la SCJN determinó también que ambos sistemas, el de 1973 y el posterior a 1997, no se pueden mezclar. En otros términos, podríamos decir que gran parte de la generación Afore ha estado pagando por que alguien más guarde su dinero, lo utilice para producir y se lo regrese sin ningún beneficio. No debemos escatimar esfuerzos para encontrar una solución sustentable y justa al inaplazable problema de las pensiones que por años ha ido creciendo de manera exponencial en nuestro país.
Source: El Universal February 10, 2020 08:15 UTC