La Secretaria de Energía (Sener), a nombre del presidente Andrés Manuel López Obrador, publicó este martes 9 de marzo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica. El decreto no establece qué pasará con los permisos de autoabastecimiento otorgados o tramitados al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, que continúen surtiendo sus efectos jurídicos y que no entren en el apartado de "fraude". Respecto a los contratos de Compromiso de Capacidad de Generación de Energía Eléctrica y Compraventa de Energía Eléctrica, suscritos con productores independientes de energía al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, "deberán ser revisados a fin de garantizar su legalidad y el cumplimiento del requisito de rentabilidad para el Gobierno Federal establecido en los artículos 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 32 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 18 de la Ley Federal de Deuda Pública". Advierte que en este caso, dichos contratos deberán ser renegociados o terminados en forma anticipada. Es decir, el sábado 4 de septiembre, las autoridades gubernamentales tendrán como fecha límite para demostrar fraude en contratos de autoabastecimiento y hacer concretado la renegociación o terminación anticipada de los contratos de compromiso de capacidad de generación de energía eléctrica y compraventa de energía eléctrica suscritos con productores independientes.
Source: El Mañana March 09, 2021 22:49 UTC