“Una ley no puede hacer explícita la violación a los derechos humanos, promover la ilegalidad o contravenir la Constitución”. Mucho de lo que el dictamen refiere como materia de seguridad interior serían cuestiones que, bajo otra óptica se podrían considerar, como propias del ámbito de la seguridad pública”. “Sin embargo, la eventual aprobación de una Ley de Seguridad Interior en los términos en que se plantea es poco probable que contribuya a la consecución de tales propósitos. Varios de sus contenidos son debatibles, con lo cual la fortaleza institucional que se pretende quedaría en entredicho al igual que la certeza que se brinde a la sociedad. Finalmente enfatizó que la necesidad de que se emita una ley sobre seguridad interior, así como el alcance y contenido que, en su caso, debería tener la misma, no pueden ser producto de decisiones coyunturales o políticas.
Source: La Jornada November 30, 2017 03:00 UTC