El maquinista y conductor del Tren Interoceánico que descarriló en Nizanda, Oaxaca y causó la muerte de 14 personas y una centena de heridos el 28 de diciembre del 2025, no contaban con licencia federal ferroviaria vigente, que los faculta para ejercer las funciones “propias de su cargo”. Por lo que su participación en la comisión del hecho delictivo la acredita con testimoniales de Alfonso “L”, quien refirió que el tren iba a 80-90 km/hr y nunca se detuvo, testimonial que se desprende del oficio número 1008/2025, Zuleyma “M” quien al momento de presentar querella refirió que el tren iba a exceso de velocidad aproximadamente a 80 km/hr. El dictamen en materia de seguridad industrial con folio 5933, de 23 de enero de 2026 firmado por un perito concluyó que la locomotora FIT-3027 no cumplió con las medidas de seguridad establecidas en el reglamento del servicio ferroviario. Tampoco con la NOM-oo3-ARTF-2023-sistema ferroviario-seguridad clasificación y especificaciones de vía; asimismo, en la operación de la locomotora FIR-3027, fueron omisos con el reglamento interno de transporte del ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, horario número 3 de la línea Z del ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, formato de orden de precaución (restricciones de velocidad del ferrocarril del Istmo de Tehuantepec). Únete a nuestro canal ¡EL UNIVERSAL ya está en Whatsapp!, desde tu dispositivo móvil entérate de las noticias más relevantes del día, artículos de opinión, entretenimiento, tendencias y más.
Source: El Universal January 28, 2026 19:55 UTC