Operadoras deberán garantizar que velocidad de internet no sea menor al 70% de lo contratado - News Summed Up

Operadoras deberán garantizar que velocidad de internet no sea menor al 70% de lo contratado


El Congreso de la República publicó este martes la Ley N° 31207, con la cual no velocidad mínima garantizada por las operadores del servicio de internet podrá ser menor al 70% de lo contratado tanto en áreas urbanas como rurales. Los prestadores de servicios de internet deberán garantizar el 70% de la velocidad mínima ofrecida en los contratos con los consumidores o usuarios, y establecidas en sus planes (postpago, prepago y otros) publicitados en los diferentes medios de comunicación. Asimismo, las empresas de telecomunicaciones deberán proporcionar a los usuarios aplicativos u otras herramientas de medición de las velocidades del servicio de internet de bajada y de subida por la banda ancha. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) también determinará y actualizará anualmente la velocidad mínima para que una conexión sea considerada como acceso a internet de banda ancha, que será aplicable con independencia de la ubicación geográfica de los usuarios. En un plazo no mayor de 60 días calendario, computados desde la publicación de la presente ley, Osiptel emitirá las normas de carácter reglamentario que sean necesarias para garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la presente ley.


Source: Peru21 June 02, 2021 14:06 UTC



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